ANSE sigue exigiendo catalogar como Suelo No Urbanizable Protegido el Mar Menor Sur en el PGMO de Cartagena

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El TSJ considera que el PGMO debe incluir espacios no urbanizables en el área sur del Mar Menor.
El TSJ considera que el PGMO debe incluir espacios no urbanizables en el área sur del Mar Menor. / JLD

La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, publicada el viernes y que anulaba el Pleno del 30 de junio del año pasado donde se aprobaba el PGMO de Cartagena no viene más que a ratificar, según la Asociación de Naturalistas del Sureste (ANSE), «la irresponsabilidad de los grupos políticos que lo apoyaron» y que ignoraron las alegaciones que presentaron los ecologistas como «la falta de catalogación de Suelo No Urbanizable Protegido el Sur del Mar Menor, entorno de los Cabezos de San Ginés y El Carmolí», entre otros.

La ausencia de esta figura ha sido, según ANSE, uno de los argumentos principales de la sentencia anulatoria dado que, muchos de estos lugares, gozan de protección en el Plan General de 1987 como SNUPF (No Urbanizable de Protección Forestal), SNU Montañoso o SNU Protección del Mar Menor.

«Por tanto -añade Pedro García- la Aprobación Provisional del PGMO suponía un levantamiento de la protección en estos espacios e incrementaba el riesgo de impacto de difusión sobre la Red Natura 2000, y continuaba prácticamente sin incluir «ningún suelo protegido por el planeamiento por sus valores naturales».

Además, y entre otros aspectos de interés, «seguían sin desarrollarse en la norma urbanística unas limitaciones más garantistas de la conservación que las del Suelo No Urbanizable Inadecuado tal y como pedía la Dirección General de Medio Ambiente, se mantenía íntegramente el desarrollo urbanístico de Novo Carthago, al sur del Mar Menor; y recalificaba como suelo urbano, residencial y/o industrial amplias superficies de suelos agrícolas de regadío subvencionados por la Unión Europea».

La Asociación en su momento presentó alegaciones al documento de Aprobación Provisional de la Revisión del Plan General Municipal de Ordenación de Cartagena, pidiendo la anulación de dicho documento por no cumplir la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que declaraba la nulidad de la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de 29 de diciembre de 2011.

ANSE advirtió que el Gobierno Municipal había incumplido dicha sentencia, así como la Resolución de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de fecha 26 de junio de 2015, en respuesta a una consulta realizada por el letrado de la Comunidad Autónoma que solicitó aclaración, rectificación o subsanación de la sentencia.

García: «Una burla»

«La decisión del Ayuntamiento de Cartagena y su Equipo de Gobierno de aprobar por la vía de urgencia de manera Provisional la Revisión del Plan General en pleno verano -añade Pedro García- y someterlo a exposición pública en dicho periodo vacacional, sin subsanar buena parte de las deficiencias indicadas en los mismos documentos de la Comunidad Autónoma, constituía una burla hacia los procesos de participación pública, y un incumplimiento de la sentencia que podría tener consecuencias penales sobre los responsables de esta tramitación».

Según los ecologistas, «el Gobierno Municipal del Ayuntamiento de Cartagena y los grupos políticos que votaron favorablemente la aprobación provisional crearon una mayor inseguridad jurídica. «ANSE se pregunta si alguien asumirá responsabilidades por lo que ha ocurrido, y si el Gobierno Municipal trabajará en serio, a partir de ahora, por una normativa de ordenación territorial municipal basada en criterios de sostenibilidad ambiental y social, y con procesos de participación pública reales».