San Javier aprueba una nueva ordenanza sobre venta ambulante

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El mercadillo ubicado en las inmediaciones del Puerto Tomás Maestre cuenta con nuevas ordenanzas / JLD

El Pleno del Ayuntamiento de San Javier aprobó esta semana, por unanimidad, una nueva ordenanza reguladora de venta ambulante o no sedentaria de acuerdo a la normativa regional aprobada en esta materia y «con el objetivo de mejorar las condiciones y seguridad jurídica de los comerciantes, tanto los ya existentes como los que puedan incorporarse», según explicó el edil de Mercados, Pedro López.

La ordenanza, que afecta al mercadillo de los sábados situado en las inmediaciones del Puerto Tomás Maestre, considera venta ambulante la actividad comercial de venta al por menor que se realice previa autorización administrativa ejercida de manera habitual u ocasional, periódica o continuada, en los lugares de titularidad pública o privada que estén debidamente autorizados por el Ayuntamiento y mediante la utilización de instalaciones desmontables, incluyendo la venta en vehículos tienda, y excluye los recintos feriales y ferias “outlet”.

La vigencia de las autorizaciones será de ocho años prorrogables a otros ocho en los mercados semanales, debiendo acreditar cada año, mediante una declaración responsable, que se mantienen los requisitos de la autorización.

Los mercadillos en suelo privado precisarán de la autorización del Ayuntamiento que se otorgará mediante una serie de requisitos legales, de seguridad, y limpieza.

El texto recoge, asimismo, la regulación y autorización de venta en lugares aislados en la vía pública como venta de helados, churros o carritos de golosinas, entre otros.

La ordenanza recoge también una serie de deberes de los comerciantes en defensa de los consumidores como tener expuesta la autorización municipal, expedir tiques de compra a los consumidores que lo soliciten, disponer de un seguro de responsabilidad civil o poder acreditar la procedencia de la mercancía a la venta, entre otras.

La ordenanza se expondrá, en el portal municipal de la transparencia, entre otros medios, por un periodo de 30 días en los que se podrán presentar alegaciones antes de su aprobación definitiva.