Mirar a izquierda o derecha en la curva del Rincón de San Ginés

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Imagen de las casas anexas al monasterio de San Ginés de la Jara completamente abandonadas / DLM
Imagen de las casas anexas al monasterio de San Ginés de la Jara completamente abandonadas / DLM

Es evidente que cuando se “trata” con la Administración a través de un procedimiento no podemos asumir aquel recuerdo infantil del “No, porque lo digo yo” que nos decía nuestro padre en la adolescencia.

La Administración no es el “pater famiias” al cual debemos respeto y obediencia puesto que nos mantiene y trata de educarnos. La Administración es otra cosa, alejada del cariño y de nuestro deber de obediencia, legitimándose su actuación en el “bien común y el servicio a los ciudadanos”.

No me refiero, tras esta parrafada, a los funcionarios que trabajan para la administración. Ellos, en la mayoría de los casos, obedecen las órdenes de los políticos elegidos a través de la “voluntad popular».

Voluntad algo desvaída si tenemos en cuenta la Ley d’Hont y la atribución de escaños por autonomías que ha diluido en mucho aquello del valor de los votos. Si a esto sumamos que la abstención no computa en el reparto de sillones y el sistema de partidos políticos que aleja de la administración a ciudadanos comprometidos y acentúa el “colegueo”… ¡apaga y vámonos!

Y toda esta introducción viene por el estado del monasterio de San Ginés de la Jara y las ermitas del monte Miral. El Decreto 24/1992, de 28 de febrero en su artículo 1 declara monumento al monasterio de San Ginés de la Jara con “la Iglesia, la torre, el claustro, las casas de labradores y hospedería, el huerto, las garitas, la alberca, la cerca o muro defensivo y las tres ermitas ubicadas en el Monte Miral».

Tras presentar una denuncia sobre el estado de la iglesia y casas de labranza, ambas partes del BIC sin intervención alguna hasta el momento, el Jefe de Servicio de la Dirección General de Cultura respondió que si no se daba una respuesta, debemos entender el silencio administrativo como negativo. Hacerle caso implica aceptar que:
a) NO se den por aludidos
b) ACEPTAR su intenso deseo de poner en marcha el mecanismo del “No, porque lo digo yo” del encabezamiento de este artículo.

Desgraciadamente el inconformismo de algunos ciudadanos les plantea nuevos problemas a través de los recursos que la ley pone a nuestra disposición. Cada vez más limitados, puesto que los políticos “de las urnas” son también los encargados de legislar recortando, cada vez más nuestras posibilidades de reacción en el procedimiento administrativo y abocándonos a los tribunales, costosos para nosotros y gratuitos para ellos.

Aunque el recurso de alzada, dice la ley, que sólo puede ser interpuesto por motivos de nulidad y anulabilidad, la ley abre vía a través del hecho de que las resoluciones administrativas han de ser “motivadas”.

Así pues el silencio administrativo resuelve el procedimiento con el “No, porque lo digo yo”, la motivación obliga a que te expliquen las razones por las que estás equivocado y la administración tiene razón al no hacerte ni caso.

La realidad es que tras la modificación puntual 113 del PGOU (actualmente vigente en Cartagena) y la firma del Convenio Urbanístico en 2006, entre el Ayuntamiento de Cartagena y la mercantil Hansa Urbana, el monasterio de San Ginés se consumía en el expolio.

El expediente abierto en 2012 dio el pistoletazo de salida, a trancas y barrancas, a la consolidación del monumento sin mucha alegría. En 2016, tras perder la mercantil Hansa Urbana en el TSJ el pleito que la enfrentaba al Ayuntamiento por el incumplimiento de sus compromisos como urbanizador (dícese restaurar San Ginés) comienza la obra en el BIC. Obra que se paraliza en septiembre de 2018 de nuevo, dejando la iglesia, el huerto, las casas de labranza, las garitas, la cerca y la alberca sin consolidar ante la negativa del gobierno del PSOE a dar la licencia correspondiente para que comenzasen las obras de urbanización de Novo Carthago.

Al ser este un artículo de opinión diré que el “campanazo” del Partido Popular me resulta una aberración urbanística en el entorno del Mar Menor y esa modificación puntual un despropósito más de los muchos cometidos por políticos depredadores en esa zona. Sin embargo, me preocupa también lo que puede ocurrir a “sensu contrario” si la demanda, que estoy prácticamente convencida está en curso de Hansa Urbana contra el Ayuntamiento de Cartagena llega a prosperar por las mismas razones y gana el juicio.

Demanda que condenaría al municipio a afrontar el pago del fallido convenio urbanístico.
Lo que sí puedo afirmar es que mirar a la izquierda o a la derecha (valga la metáfora) al llegar a la curva del Rincón de San Ginés es lo mismo. A la derecha el eremitorio del Miral, dónde Portman Golf abandona unas obras de consolidación impuestas por resolución urgente en 2015 sin que la Dirección General de Cultura diga esta boca es mía y a la izquierda el ruinoso aspecto de las casas de labranza apoyadas contra el muro del Monasterio de San Ginés.

La Ley 4/2007, 16 de marzo obliga al propietario a consolidar y a la Dirección General de Cultura a obligarle o, si se siente “generosa”, a realizar ella misma las obras para salvaguardar el patrimonio histórico. Claro que también obliga a facilitar la visita pública y, si lo hubiesen permitido, todos seríamos conscientes del nulo avance en la iglesia y eso no “mola”. Todos los políticos se han fotografiado en el recuperado claustro, con cara de satisfacción, pero ninguno nos ha abierto la ventana a la oscuridad de esa iglesia por cuestión de imagen.

Nos consuela pensar que el artículo 36.2 de la Ley de patrimonio 4/2007, 16 de marzo prohíbe expresamente la demolición a consecuencia de la ruina si ésta se debe al incumplimiento de los deberes de conservación. De no ser por esto se hubiera recurrido ya a la pala excavadora y… “muerto el perro, se acabó la rabia”. De momento se ha vuelto a solicitar, vía recurso de alzada, la consolidación de la iglesia y las casas de labranza del Monasterio de San Ginés de la Jara. “El no es no” no vale y el “Porque yo lo valgo” tampoco.

Si el organismo resulta ser incompetente, mejor será que el patrimonio de esta tierra se vuelva a gestionar desde el gobierno central. Lo inútil debe ser erradicado y la gestión política del patrimonio lo es.

María Dolores Ruiz
Abogada