La FAVCAV impugna el autonombramiento de Javier Caballero como presidente de la AAVV de La Manga

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El autoproclamado presidente de la AAVV de La Manga, Javier Caballero (de pie, segundo por la izquierda) en abril de este año durante la toma de posesión de José Antonio García (de pie, tercero por la izquierda) / DLM

La Federación de Asociación de Vecinos de Cartagena y Comarca (FAVCAV) ha presentado una “reclamación de nulidad electoral” contra la última elección de la junta directiva de la Asociación de Vecinos de La Manga del Mar Menor tras dejar el cargo Marisina Aznar, la precipitada dimisión de su sucesor, José Antonio García Díaz, y la presidencia de Javier Caballero Trías denunciado ahora por ocupar el cargo de manera “irregular”.

Según el texto del documento Javier Caballero no reúne una de las condiciones establecidas por los propios estatutos de la Asociación donde, en su artículo 33, se establece que los candidatos han de tener “una antigüedad mínima de dos años consecutivos como socio” algo que “el autoproclamado presidente el pasado 7 de octubre tras desconvocar la Asamblea Electoral que tenía prevista celebrarse el 9 de octubre” no cumple.

Le letrada de la Federación, Cristina Sánchez, argumenta que el proceso electoral “se ha convocado y desarrollado sin observar las más mínimas normas de transparencia y legalidad exigibles, sin haberse constituido el Comité Electoral siendo el presidente en funciones el Sr. Caballero quien ha recepcionado toda la documentación, actuando el mismo como miembro de la mesa electoral y siendo candidato”, algo prohibido por la propia norma.

El documento que impugna el último nombramiento añade que, además, “no se ha dado publicidad al proceso electoral, no se ha recepcionado debidamente la documentación y no se ha publicado el censo electoral, con la consiguiente inseguridad jurídica que eso ha generado entre los socios”

FAVCAV denuncia que la Asociación de Vecinos de La Manga ha decidido dejar “a su libre albedrío los criterios para presentar candidaturas” de forma que se ha permitido el lujo de rechazar otro candidato alegando que le faltaban datos apartando así una lista alternativa contra la que el propio presidente en funciones tenía que enfrentarse en unas nuevas elecciones.

La letrada recuerda finalmente que es la Asamblea General “la que tiene que ratificar la candidatura aun en el caso de que exista una sola de ellas, no teniendo potestad la Junta Directiva en funciones de autoproclamarse pues es la Asamblea quien tiene esa potestad”.

La Federación, de esta forma, pide no solo la nulidad de la elección impugnada “ordenando realizar una nueva elección tras el nombramiento de una Junta Gestora” sino que solicita “la dimisión de la actual Junta Directiva en un plazo máximo de tres días”.